
La propuesta, que de no ser vetada por el Presidente de la República o enviada a análisis al Tribunal Constitucional (TC) podría quedar en condiciones de ser promulgada como ley, fue abordada en la presente jornada a la luz de las modificaciones que efectuara el Senado al texto despachado por la Cámara en el primer trámite, las cuales fueron ratificadas por 116 votos a favor, 28 en contra y cinco abstenciones, cumpliendo con ello las exigencias de quórum constitucional definidos para el caso.
En particular, las enmiendas vienen a precisar la calidad de los fondos retirados, en orden a considerarlos extraordinariamente intangibles para todo efecto legal; ponen un límite de 365 días, después de publicada la reforma constitucional, para solicitar el retiro de fondos; y definen un procedimiento para efectuar el trámite.
Además, para despejar interpretaciones, especifica que se entenderá por afiliado al sistema privado de pensiones los cotizantes y los beneficiarios de una pensión; y consigna que la implementación del sistema no tendrá costo para los afiliados.
0 Comments:
Publicar un comentario