2 jul 2015

Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó condena a 10 años y un día de presidio efectivo a autor de abusos sexuales y violación de menor de edad

Jueves 02 de Julio de 2015.- El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó comunicó hoy, miércoles 1 de julio, sentencia que condena a la pena efectiva 10 años y un día de presidio a Jaime Reynaldo Olivares Cano, en calidad de autor de los delitos consumados y reiterados de abuso sexual y violación, ilícitos perpetrados en contra de la hija menor de edad de la pareja del condenado, entre 2003 y 2012, al interior de un domicilio, ubicado en calle Tocornal de la ciudad.

En fallo unánime (causa rol 95-2015), el tribunal –integrado por los jueces Rodrigo Cid Mora (presidente), Fresia Ainol Moncada y Marianne Barrios Socías (redactora)– aplicó además, a Olivares Cano las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Asimismo, se condenó en costa al imputado y a la pena de “interdicción del derecho a ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, y de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal. Como (…) a la pena de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios, profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad”.

El fallo dio por acreditado que Olivares Cano, entre 2003 y 2006, aproximadamente, “comenzó a realizar en reiteradas oportunidades, tocaciones, las que continuaron hasta el año 2008 a 2009 aproximadamente; de modo reiterado, cuando la menor tenía 10 a 11 años”.

“En aquel entonces –continúa-, el imputado, aprovechándose del rol paterno y de cuidado de la menor y empleando además seducción” procedió a violar de manera reiterada a la menor hasta, aproximadamente, marzo de 2012.

Producto de las violaciones, la menor “mantuvo un embarazo, el cual no llegó a término, producto de un aborto inducido, a través de un tercero, por la madre de la menor y pareja del imputado”.



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