13 may 2020

Sorprenden y detienen a mujer intentando ingresar droga al Centro Penitenciario de Copiapó

Miércoles 13 de Mayo de 2020.- En horas determinadas para visitas virtuales y entrega de encomiendas para los internos y tras un trabajo realizado por el personal del O.S.7 Atacama en conjunto con personal del Centro de Cumplimiento Penitenciario (C.C.P) de Copiapó, permitió pesquisar novedosa e ingeniosa internación de drogas a este recinto.                                                                                                                                             
Según lo dio a conocer  el capitán de Carabineros, Eugenio Olea García, Jefe de la Sección O.S.7 Atacama, fue un trabajo conjunto entre Carabineros, Gendarmería y la Fiscalía local de Copiapó, con la intención de indagar y desbaratar grupos que se dedican al ingreso de sustancias ilícitas al interior del penal, bajo diferentes modus operandi,  en esta oportunidad una mujer de iniciales ​M.A.M.P​. de 36 años, de nacionalidad chilena, llegó hasta el sector de registro de encomiendas en el sector de visitas, y al revisar las especies que traía, el personal observó  tres máquinas de afeitar, color amarillo, que al interior de sus vástagos tenían una sustancia color verde vegetal de similares características a la cannabis sativa, razón por la cual se solicitó la presencia en el lugar de personal de la Unidad especializada O.S.7 Atacama.    

Del hecho tomó conocimiento el fiscal e instruyó    al personal de Carabineros para que procedieran a realizar  la Prueba de Campo, sustancia que arrojó coloración positiva ante la presencia de T.H.C., lográndose incautar  alrededor de 08 dosis de la sustancia ilicita.          

Es dable considerar que en este tipo de delitos dentro de las agravantes que se encuentran tipificadas en el Título I, de los Delitos y Sanciones; Párrafo 2° “de las circunstancias agravantes”, art. 19, Letra “H”, señalada que “si el delito fue cometido en un Centro Hospitalario, Asistencial, ​lugar de Reclusión o Detención, Recinto Militar o Policial”, la pena podrá ser aumentada en 1 o 2 grados.

El Fiscal del caso instruyó que la imputada por infracción al Art. 4° Ley 20.000 quedara en libertad, bajo apercibimiento del artículo 26 Código Procesal Penal.



0 Comments:

Publicar un comentario