Jueves 04 de Febrero de 2016.- Un llamado a los propietarios de taxis colectivos para que postulen al reembolso de 5 UTM, fue el que realizó la seremi de Transportes y Telecomunicaciones de Atacama, Ericka Portilla Barrios, quien además explicó que las postulaciones para este importante beneficio destinado a este sector finaliza el próximo 31 de mayo.
“Son cerca de 2300 los potenciales beneficiarios del Reembolso de las 5 UTM en la Región de Atacama, dueños de colectivos urbanos y rurales a quienes los invitamos a informarse para postular. Como Gobierno sabemos lo importante que es este beneficio para el gremio de taxis colectivos de nuestra región, por lo que los invitamos a hacer todas las consultas que consideren necesarias para realizar con éxito su postulación”, sostuvo la seremi.
Las postulaciones se realizarán a través de la página Web de la Tesorería General de la República (www.tesoreria.cl – sección DISTRIBUCIÓN – Submenú Devoluciones - Bonificación Taxi Colectivo), donde podrán encontrar un banner especial para presentar la solicitud. Sólo se harán postulaciones presenciales en Tesorería, en el caso de actuar mediante mandato o representante a contar del 10 de febrero.
En este sentido, cuando algún propietario ceda el beneficio a su conductor, éste deberá presentar la postulación mediante un mandato y de forma presencial.
Beneficiarios
Podrán acceder al reembolso los propietarios de taxis colectivos cuyos vehículos figuren inscritos en el Registro Nacional de Servicios de Transporte de Pasajeros al 31 de marzo de 2015, 2016 o 2017, según corresponda, que se encuentren inscritos en el mismo momento de solicitar el reembolso y que tengan su Revisión Técnica y Emisión de Gases al día.
De mismo modo, según lo establece la ley N° 20.378, podrán acceder al reembolso los propietarios de taxis colectivos a quienes, con posteridad al 31 de marzo de los años 2015, 2016 o 2017, se haya cancelado su inscripción de su vehículo y efectuado su reemplazo por aplicación a lo dispuesto en el artículo 73 del decreto N° 212, siempre que a la fecha de solicitud del reembolso, el vehículo que ingresa en reemplazo del automóvil cancelado se encuentre con inscripción vigente en el Registro.
Asimismo, podrán postular al reembolso, los arrendatarios con opción de compra de los mencionados vehículos que presenten mandato, por medio del cual la entidad o persona propietaria del automóvil les haya facilitado a percibir el reembolso establecido en la ley.
febrero 04, 2016


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