2 feb 2015

Declaran nula e ilegal la inhabilidad perpetua de Raúl Ortiz Pérez del DAEM de Copiapó

Lunes 02 de Febrero de 2015.- La Corte de Apelaciones de Copiapó declaró la ilegalidad y nulidad del procedimiento mediante el cual se aplicó por parte de la Superintendencia de Educación de Atacama la sanción de inhabilidad perpetua para obtener y mantener la calidad de sostenedor, al jefe del Departamento de Administración de Educación Municipal (DAEM), Raúl Ortiz Pérez,  debiendo retrotraerse al inicio del procedimiento.

El fallo se fundamenta en que la Superintendencia de Educación de Atacama cometió un acto ilegal al privar a Raúl Ortiz Pérez de los medios de defensa necesarios, vulnerado con esto  garantías constitucionales relacionadas con el debido proceso.

En este sentido, aparte de anular el procedimiento, el fallo indica que deberá retrotraerse  a su inicio la instrucción del procedimiento, a fin de resolver conforme a derecho la solicitud de la parte investigada.

Con este fallo se declara que Raúl Ortiz Pérez fue víctima de una conducta irregular por parte de la Superintendenta de Educación de Atacama, al privarlo de un justo y racional procedimiento y, a la vez, haberlo denostado públicamente  en su calidad de sostenedor del DAEM de Copiapó.

Con este fallo, además, nuevamente se desvirtúan las acusaciones contra el DAEM de Copiapó acerca de mal uso de recursos fiscales.

Cabe recordar que en noviembre pasado la Superintendencia de Educación de Atacama resolvió inhabilitar de forma perpetua al jefe del Departamento de Educación Municipal de Copiapó, Raúl Ortiz, quien con este fallo recobra todos sus derechos como director del DAEM con un proceso que  vuelve a fojas cero.



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