Lunes 11 de Noviembre de 2013.- El fiscal regional de Atacama, Héctor Mella Farías, se refirió este jueves a la causa llevada a juicio oral en agosto del año 2012 y en la que se dictó sentencia condenatoria por el delito de robo con violencia en contra de Julio Robles Vergara, condena que además fue confirmada, en su momento, por la Corte de Apelaciones de Copiapó.
Respecto del caso indicó que, como en todos los hechos denunciados, la Fiscalía de Atacama desarrolló la investigación tal y como se realizan todas las investigaciones en que se indagan delitos de robo, en los cuales el aporte de víctimas y testigos es prueba fundamental, especialmente en aquellos casos en que su relato y testimonio permite identificar a los autores del ilícito. Tal y como ocurrió en este hecho en que ambas víctimas reconocieron al imputado tanto en dependencias de Carabineros, en la Fiscalía y luego de manera presencial ante los Jueces del Tribunal Oral.
“En este caso consideramos que no hay ningún error judicial. Los tribunales de justicia se pronunciaron en el marco de un juicio oral en el cual se presentó toda la evidencia y toda la prueba necesaria para que el Tribunal, conociendo de ella, tomara una decisión. En este caso una sentencia condenatoria”, indicó el fiscal regional.
Héctor Mella agregó que en muchos casos el relato de las víctimas es decisivo y en ocasiones el medio de prueba más relevante. De no ser así, dijo, muchas denuncias quedarían impunes frente a las investigaciones que desarrolla y dirige la Fiscalía. Indicó que en este caso el reconocimiento de ambas víctimas fue categórico, cuestión que se valoró en el juicio oral y donde fue reconocida como una prueba válida.
Respecto de la información que ahora entrega una de las víctimas, referida a un supuesto error que habría cometido él al momento de reconocer al imputado, el fiscal regional indicó que, en su momento, éste fue recibido por el fiscal jefe de Copiapó, ocasión en que expuso el episodio en que menciona que se encontró con una persona en un supermercado a quien comparó con el imputado que había reconocido durante el proceso investigativo, hecho del cual no hay antecedentes, ya que no hubo denuncia sobre el hurto que habría estado cometiendo dicho sujeto al momento de encontrarlo la víctima.
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