28 sept 2012

EMELAT recuerda prohibición legal de instalación de propaganda en postes y redes

Viernes 28 de Septiembre de 2012.- La empresa Eléctrica Atacama, EMELAT, hizo un llamado a los comandos políticos de las diversas candidaturas a las elecciones municipales a no instalar propaganda  en postes y redes de distribución, evitando así  accidentes eléctricos, incluso –en algunos casos- con consecuencias fatales, y mantener la calidad y continuidad de suministro. Lo anterior ante el inicio oficial de la propaganda política para los comicios del 28 de octubre.

La empresa eléctrica local  está informando a las distintas coaliciones, partidos políticos, movimientos y candidaturas independientes, la prohibición -por ley- del uso de las estructuras de la red de distribución de energía eléctrica, para la instalación de carteles, pendones, lienzos o cualquier objeto de propaganda electoral.

En un oficio entregado por la Superintendencia de Electricidad y Combustible, fechado el 30 de agosto, recuerda a las distribuidoras la normativa de la Ley General de electricidad que obliga a estas empresas a velar por la correcta utilización de sus instalaciones eléctricas y por el cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad.

El mismo oficio obliga a las empresas concesionarias al retiro oportuno de toda la propaganda instalada en sus postes y redes, disponiendo de equipos especialmente   destinados al cumplimiento de esta tarea.

En la misma línea, EMELAT  recalcó que el sistema de tendido eléctrico debe estar libre de todo obstáculo para el correcto funcionamiento de la red, con el propósito de dar seguridad y continuidad de suministro a cada uno de sus clientes.

"La instalación de cualquier elemento ajeno a la red podría ocasionar no sólo interrupciones de suministro para algunos sectores de la población, sino también  causar graves accidentes  por electrocución", dijo el sub gerente zonal de EMELAT, José Antonio Muñoz..

La Ley 19.884,  referida a la Transparencia del Gasto Electoral y las Campañas, en su artículo 55° contempla la prohibición absoluta de colgar implementos en la infraestructura eléctrica y de otros servicios.



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