13 sept 2020

Fiscalía formalizó a conductor que atropelló a niño causando su muerte en la comuna de Huasco

Domingo 13 de Septiembre de 2020.- Este sábado la Fiscalía de Atacama formalizó la investigación en contra del conductor de un vehículo particular que la tarde del pasado jueves, atropelló y causó el deceso de un niño de 3 años en la comuna de Huasco.

La audiencia fue asumida por el fiscal jefe de Vallenar, Nicolás Zolezzi Briones, quien argumentó que los hechos ocurrieron alrededor de las 19 horas cuando el detenido guiaba un vehículo particular, sin contar con licencia para conducir, por la calle Los Eucaliptus del sector Huasco Bajo. Lugar en que cinco niños jugaban sobre un montículo de tierra a un costado de la calzada.

“De acuerdo a la investigación que se está llevando a cabo por la Fiscalía, el imputado de 36 años no estuvo atento a las condiciones del tránsito y con el vehículo atropelló a la víctima de 3 años, quien sufrió heridas de tal gravedad que a pesar de los esfuerzos médicos realizados en el Hospital de Huasco murió en este recinto asistencial”, dijo el fiscal.

Agregando Zolezzi que en el sector del atropello no había objetos que perjudicaran la visual del conductor, además de existir luz natural que posibilitaba una vista amplia en la calle en que ocurrieron los hechos.

En la audiencia, el fiscal dio cuenta de fotografías del lugar en que ocurrió el fatal atropello, las que forman parte del pre informe de Carabineros y que dieron cuenta de la circulación del vehículo y la ubicación de la víctima de este hecho. Con ello, la Fiscalía formalizó la investigación por un cuasidelito de homicidio y el delito de alejarse del lugar sin prestar ayuda a la víctima, ni tampoco dar aviso a equipos de emergencia.

Por estos hechos, Nicolás Zolezzi solicitó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado, argumentando que su actuar, conociendo además que nunca se ha sometido a algún tipo de examen técnico ni teórico que le permita conducir un vehículo, significa un peligro para la seguridad de la sociedad. 

En su resolución, el Juez de turno no accedió a la solicitud de la Fiscalía determinando que el imputado deberá cumplir el arraigo nacional, firma quincenal y la prohibición de acercarse a la madre y padre de la víctima. Fijando además un plazo de investigación de 90 días.           



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