30 ene 2018

NOTA DE CADENA CHILE : TAS no tiene jurisdicción por demanda de Deportes Vallenar

Martes 30 de Enero de 2018.- Finalmente, se zanjó el diferendo entre la ANFP, Deportes Vallenar y Deportes Melipilla por la definición del cupo único para el torneo de Primera “B” 2018. Y las noticias no son precisamente buenas para el conjunto “albiverde”.

Como informáramos oportunamente, el elenco nortino presentó un requerimiento ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) debido a que durante la definición del ascenso frente a los “potros”, un error del árbitro Eduardo Gamboa, quien no aplicó el reglamento en un tiro de un jugador de Vallenar, llevó a la ANFP a repetir la tanda en terreno neutral. Cabe mencionar que tanto Melipilla como Vallenar igualaron en ambos partidos disputados, lo que derivó en su definición a penales.

Una vez sentenciada la decisión del organismo rector del balompie nacional de repetir la pena máxima en cancha neutral, en este caso el Estadio “La Portada” de La Serena, los albiverdes no llegaron a la cita y se le otorgó el ascenso al elenco melipillano.

Pues bien, el TAS se pronunció este martes y resolvió que no tiene “la jurisdicción para conocer y resolver la apelación presentada por Deportes Vallenar en contra de la decisión del 22 de diciembre de 2017, emitida por el directorio de la ANFP”.

Producto de lo anterior, Deportes Vallenar no sólo deberá jugar nuevamente en la Segunda División, sino que además deberá pagar los costes del arbitraje y además costear los gastos legales de la ANFP y de Deportes Melipilla, siendo obligado a cancelar 1.500 francos suizos (unos 970 mil pesos) a cada institución.

En cuanto a los “Potros”, con la decisión del TAS aseguraron su participación en la Primera “B”.

Fuente : http://cadenachile.cl/deportes/futbol-nacional/2018/01/30/fin-de-la-teleserie-tas-no-tiene-jurisdiccion-por-demanda-de-deportes-vallenar/



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